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Deudae, una plataforma para compensar deudas entre empresas

La morosidad empresarial es un problema que afecta a 3 de cada 5 pymes y autónomos y que ha provocado el cierre de más de 275.000 empresas desde que comenzase la crisis económica en el año 2008. Esto ha propiciado que muchas empresas sean menos competitivas y que se hayan visto obligadas a realizar una serie de recortes que no les permiten llevar a cabo su actividad normal. En este sentido, hay que destacar que en España, uno de cada tres cierres de empresas se produce a causa de la morosidad y de los problemas de financiación.

Mientras que ley de morosidad aborda fundamentalmente el tema de los plazos de pago, la falta de liquidez provoca que las empresas sigan sin poder cobrar y pagar, aumentando sus deudas y generando un efecto dominó: una empresa no paga a otra, esa otra a su vez al no cobrar no puede pagar a otra y así sucesivamente, las cadenas de deuda pueden llegar a ser interminables bajo el argumento de “yo no puedo pagar, porque no me pagan”.

Ante esta situación, la compensación de deudas se presenta como una alternativa cada vez más realista para que las empresas puedan sanear sus balances y cobrar y pagar sus facturas vencidas sin necesidad de liquidez. ¿Cómo? Porque la compensación de deudas permite la posibilidad de que una empresa pueda pagar sus deudas con lo que a su vez se le debe.

La alternativa de la compensación de deudas                                 

La compensación de deudas es un procedimiento totalmente legal y regulado por el Código Civil, que ofrece posibilidades muy interesantes para que las empresas puedan combatir la morosidad y no depender de que a su vez les paguen para poder pagar sus propias deudas. Es además una solución amistosa, que permite evitar la vía judicial y no depender de los bancos.

Se trata de un procedimiento cuyas ventajas para las empresas todavía son bastante desconocidas a nivel general pero que se presenta como una alternativa interesante.

La compensación de deudas multilateral           

El procedimiento más simplificado para compensar una deuda entre dos empresas sería el siguiente: si tu empresa le debe a otra 1.000 euros y ésta a su vez te debe a ti 900 euros, mediante la compensación dicha deuda quedaría reducida a 100 euros. El problema surge cuando hablamos de cadenas de deudas y de varias empresas implicadas.

Ante esta situación, la plataforma Deudae.com ha querido facilitar el acceso a las empresas a la compensación de deudas y ofrecer soluciones a las pymes que sean deudoras y acreedoras al mismo tiempo y que se vean afectadas por la morosidad y la falta de liquidez, creando un servicio online de compensación de deudas multilateral que además es pionero en este sector y que busca acabar definitivamente con la famosa frase “no te pago, porque no me pagan”.

Para acogerse a este servicio de compensación de deudas y empezar a pagar con lo que le deben, una empresa solo tiene que darse de alta en la página web de Deudae y registrar todas las facturas vencidas, pendientes de pago y cobro, que quiera compensar. Este procedimiento es totalmente confidencial y la información no queda expuesta en ningún caso.

Una vez que la información sobre las facturas queda registrada en la base de datos de la plataforma, un sistema con un algoritmo matemático diseñado por la UNED, comienza a cruzar los datos de todas las empresas para detectar cadenas de deudas y que, a partir de ahí, los profesionales de Deudae puedan contactar con las empresas implicadas e intermediar para proceder a realizar las compensaciones de deuda por el mayor volumen que sea posible.

Mediante la compensación de deudas es posible llegar a cancelar totalmente una deuda o reducirla al mínimo posible y sin perder liquidez en ningún momento, ya que se paga con lo que se debe y no hay movimiento de dinero a lo largo del procedimiento, que tiene validez legal a todos los efectos. El servicio de Deudae está totalmente orientado a resultados, de forma que el alta en el servicio es totalmente gratuito y la plataforma solo aplicará una comisión del 3% en los casos en que se haya hecho efectiva una compensación de deuda.

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